mércores, 15 de xuño de 2016

2. 2 - La bioética y la investigación científica.

2.3 - Conciencia ecológica y desarrollo sostenible.






 
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Qué es la conciencia ecológica. A partir del momento en que el hombre comenzó a apropiarse de la naturaleza para darle forma a sus necesidades y caprichos, los ecosistemas de todo el planeta dieron su respuesta ante este tipo de abusos, a través de consecuencias negativas como la contaminación y la pérdida de biodiversidad.
Hoy en día podemos conocer, a través de los medios de comunicación, todas las noticias referentes al cambio climático. Pero ante la inevitable realidad ¿cuántos de nosotros nos sentimos responsables -y actuamos en consecuencia- por los daños que estamos causando al planeta?

Justamente, tener conciencia ecológica es entender que somos dependientes de la naturaleza y responsables por su estado de conservación. Ignorar esta verdad equivale a autodestruirnos, porque al degradar el medio ambiente estamos empeorando nuestra calidad de vida y poniendo en peligro el futuro de nuestros descendientes.
Al contrario de lo que se podría pensar, desarrollo económico y conciencia ecológica no tienen por qué ser antónimos. Se puede producir de manera sustentable, fomentar la generación de energías limpias, reducir y reciclar la basura y reutilizar un gran número de materiales que producirán nuevos productos útiles para el día a día del hombre moderno.
Es cierto que la conciencia ecológica debe comenzar en el seno del hogar, pero debe extenderse a todos los ámbitos de nuestra existencia: simplemente porque todas nuestras acciones inciden -de manera positiva o negativa- sobre la naturaleza.

mércores, 8 de xuño de 2016

2.2 - La revolución digita.

¿Qué es la revolución digital?
  • El rápido desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones y la innovación de los sistemas digitales representan una revolución, que ha cambiado fundamentalmente la manera en que la gente piensa, actúa, comunica, trabaja y gana su sustento. La llamada revolución digital ha forjado nuevas modalidades de crear conocimientos, educar a la población y transmitir información. Ha reestructurado la forma en que los países hacen negocios y rigen su economía, se gobiernan y comprometen políticamente. Ha proporcionado la entrega rápida de ayuda humanitaria y asistencia sanitaria, y una nueva visión de protección del medio ambiente. Y hasta ha creado nuevas formas de entretenimiento y ocio. Puesto que el acceso a la información y los conocimientos es un requisito previo para conseguir los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), tiene la capacidad de mejorar el nivel de vida de millones de personas en todo el mundo. Además, una mejor comunicación entre los pueblos permite solucionar los conflictos y alcanzar la paz mundial.  

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2.1 - Ética, ciencia y tecnología.

Ética de la ciencia y la tecnología
La clonación, los alimentos genéticamente modificados
y las tecnologías son el resultado de importantes
adelantos científicos y técnicos. Esos adelantos
pueden contribuir al bienestar de la humanidad, pero
suscitan toda una serie de cuestiones en el plano ético. 
 
 

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Voki

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mércores, 11 de maio de 2016

1.5 - Protección de los derechos humanos.

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HYMANOS.

La promoción del respeto de los derechos humanos es un objetivo central de las Naciones Unidas y define su identidad como una organización de personas de todo el mundo. Los Estados Miembros han encomendado al Secretario General y el Sistema de las Naciones Unidas para ayudar a alcanzar los estándares establecidos en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Para ello, el Sistema de las Naciones Unidas utiliza todos los recursos a su disposición, incluyendo su autoridad moral, creatividad diplomática y alcance operacional. Los Estados Miembros, sin embargo, tienen la responsabilidad primordial de proteger los derechos humanos de sus poblaciones.



En noviembre de 2013, el Secretario General Ban Ki-moon renovó el compromiso de la Secretaría y los fondos y programas de la ONU de cumplir con la responsabilidad que les encomiendan la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad y la Asamblea General cada vez que existe el riesgo de que se produzcan violaciones graves de los derechos humanos a gran escala.. Se trata del rimer paso en la implementación de su Plan de Acción «Los derechos primero» (Human Rights Up Front), que da prioridad en la labor de las Naciones Unidas para evitar futuros conflictos a una mejor preparación y prevención sistemáticas como medio de garantizar el respeto de los derechos humanos. Este plan de acción reafirma la importancia de los derechos humanos para la labor de la Organización. Además, confirma que la ONU está dispuesta a hacer uso de toda la gama de mandatos a su disposición para proteger a las personas en situación de riesgo.


Foto ONU/Marco Dormino
Los estudiantes de una escuela en Bamako, Malí, celebran al final de un concurso de preguntas con temas de la ONU en 2013.


1.3 - La Declaración Universal de Derechos Humanos

La declaración de los derechos humanos.

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;


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1.2 - fundamentacion de los derechos humanos.

FUNDAMENTACION DE LOS DERECHOS HUMANOS.

La Libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
La realización del ser humano libre necesita condiciones que permitan gozar a cada persona de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
El derecho de los pueblos para autodeterminar su destino y su desarrollo económico, social y cultural, es condición para disfrutar de los derechos y libertades fundamentales.Favorecen la consolidación, dentro de las instituciones democráticas, de un régimen de libertad personal y de justicia social fundado en los derechos esenciales del hombre.
El Estado no podrá destruir ni restringir los Derechos Humanos Los Estados se han comprometido a respetar en forma absoluta los derechos individuales y a lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales. Tienen una dimensión histórica y constituyen un ideal común para los hombres y mujeres de todos los pueblos.


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mércores, 4 de maio de 2016

1.4 - Evolucion a los derechos humanos

¿Cómo evolucionaron los Derechos Humanos y cuando adquieren relevancia internacional?

En el siglo XX, tras concluir la Primera Guerra Mundial, proliferaron nuevas declaraciones que, de una manera u otra, proclaman y protegen los Derechos Humanos. Así, podemos citar la contenida en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (Mixico, 1917), la Declaración pública de los derechos del pueblo trabajador y explotado (Rusia, 1918) o la que figura en la Constitución de Weimar (Alemania, 1919).
Pero la vocación de dimensión internacional de los Derechos Humanos, aunque sea con contenidos parciales, se adquiere con la Declaración de los Derechos del Niño, o Declaración de Ginebra, adoptada en 1924 por la Sociedad de Naciones, germen de lo que posteriormente sería la ONU.
Ahora bien, el impulso decisivo de los Derechos Humanos es una consecuencia directa de la Segunda Guerra Mundial, pues la aparición de la Carta Atlántica, surgida de un encuentro entre Churchill y Roosevelt en un barco de guerra, en 1941, da como fruto, en enero de 1942, la Declaración de las Naciones Unidas, por la que veintiseis Estados aúnan sus esfuerzos para luchar contra las potencias nazi-fascistas del Eje, comprometiéndose a crear, tras la conclusión de la guerra, una organización internacional que trabaje por la paz mundial.
Terminado el conflicto bélico se firma la Carta de las Naciones Unidas, el 26 de junio de 1945 (el primer tratado internacional cuyos objetivos se basan expresamente en el respeto universal de los Derechos Humanos), a la que sigue el Acta constitutiva de la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), en 1945.
A los tres años de la creación de la Organización de las Naciones Unidas sus miembros consideraron necesario un reconocimiento universal y específico de estos derechos, de tal forma que en su Asamblea General, celebrada en París el 10 de diciembre de 1948, se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, que hoy es el texto fundamental en esta materia.
La proclamación de esta Declaración se hizo en los términos siguientes: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como estan de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
De esta forma los Derechos Humanos son reconocidos por primera vez sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Su caracter innovador no se limitó a su mera proclamación, sino que incluyó el compromiso de promover el respeto universal a los Derechos Humanos (...) y a la efectividad de tales derechos confiriendo para este fin una serie de atribuciones a la ONU y exigiendo a todos los Estados miembros que publicasen y divulgasen el texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de forma que ésta fuese distribuida, leída y comentada en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios.
Los Derechos Humanos quedaron definidos internacionalmente en los términos y con el alcance siguiente: Un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren por medidas progresivas de carácter nacional e internacional su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto en los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
El artículo 30, que cierra el texto de la Declaración, es el que le da el carácter que determina su alcance mundial, cosa que no ha hecho mas que afirmarse y confirmarse a lo largo de los años: Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar, actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. Desde la Declaración, será uno de los objetivos principales de la ONU desarrollar sus contenidos, dotándose para ello de nuevos instrumentos a lo largo de los años.
Así mismo, para reforzar y complementar la Declaración de Derechos Humanos se aprobaron en 1966, si bien entraron en vigor en 1976, dos Pactos estrechamente relacionados con ella: el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, por un lado, y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por otro.
En el primero, se resaltan varios puntos relacionados directamente con la Declaración de 1948, al señalar que: El Derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente (artículo 6).
El segundo, dentro de la misma línea de protección universal de los Derechos Humanos, se esfuerza para crear soluciones a medida de los países firmantes, teniendo en cuenta los distintos grados de desarrollo existente entre ellos, diferenciándolos entre países desarrollados y otros en vía de desarrollo: Los países en desarrollo, teniendo debidamente en cuenta los Derechos Humanos y su economía nacional, podrán determinar en qué medida garantizarán los derechos económicos reconocidos en el presente pacto a personas que no sean nacionales suyos (artículo 2).
Para asegurar la eficacia de estos dos Pactos se crearon varios mecanismos encargados del control de su cumplimiento y de su aplicación por cada uno de los países firmantes de ellos.

Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaracisn Universal de los Derechos Humanos, en espaqol

1.6 - La conquista de los derechos humanos de las mujeres

LA CONQUISTA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER

Las mujeres colombianas han buscado salir del anonimato y de la sombra de los hombres para tener un lugar de respeto y de reconocimiento en su singularidad y dignidad humana. Esta búsqueda ha estado relacionada con las de mandas exigidas y alcanzadas a nivel internacional, especialmente desde el siglo XVIII con la proclamación de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. A continuación se presentarán algunos momentos y procesos destacados en la conquista de los derechos de las mujeres en nuestro país.

La lucha de las mujeres por el respeto a su dignidad

A finales del siglo XVIII, las mujeres empezaron a defender el acceso al disfrute pleno de los derechos. Las distintas voces que surgieron para demandar la igualdad política, social, cultural y económica de las mujeres, fueron marcando un camino de luchas y conquistas que poco a poco, en diferentes pueblos y naciones han tenido un proceso de aceptación e incorporación a la cultura.
Las mujeres reclamaron ante el Estado: tener ¡guales derechos que los hombres; acceder a la educación para lograr el desarrollo personal y profesional; tener un trabajo bien remunerado; iguales oportunidades laborales y respeto a la condición de ser madre, así como el derecho a elegir, ser elegida y participar en las decisiones de la sociedad.
Un ejemplo pionero iberoamericano, lo constituye sor Juana Inés de la Cruz, que en el siglo XVII, asistía disfraza da de hombre a la Real y Pontificia Universidad de México. Sor Juana escribió en 1691 lo que se valora como el primer manifiesto feminista de la historia, es una carta llama da Respuesta a sor Filotea de la Cruz, en la que reclamaba el derecho de la mujer a ejercer la enseñanza, a tener acceso a la ciencia, al saber y a poder llevar una vida activa igual que el hombre.
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mércores, 20 de abril de 2016

DERECHOS HUMANOS

DERECHOS HUMANOS

.Fundamentación de los derechos humanos

 La fundamentación iusnaturalista de los derechos humanos comprende una serie de nociones y discursos relacionados con el Derecho natural en los que se sustentó la idea de derechos humanos, permitiendo el surgimiento y consolidación de los mismos

mércores, 13 de abril de 2016

1.1 - ¿Qué son los derechos humanos?

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son aquellas «condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización» (Hernández, 2010) . En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».


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