mércores, 11 de maio de 2016

1.2 - fundamentacion de los derechos humanos.

FUNDAMENTACION DE LOS DERECHOS HUMANOS.

La Libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
La realización del ser humano libre necesita condiciones que permitan gozar a cada persona de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
El derecho de los pueblos para autodeterminar su destino y su desarrollo económico, social y cultural, es condición para disfrutar de los derechos y libertades fundamentales.Favorecen la consolidación, dentro de las instituciones democráticas, de un régimen de libertad personal y de justicia social fundado en los derechos esenciales del hombre.
El Estado no podrá destruir ni restringir los Derechos Humanos Los Estados se han comprometido a respetar en forma absoluta los derechos individuales y a lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales. Tienen una dimensión histórica y constituyen un ideal común para los hombres y mujeres de todos los pueblos.


 Resultado de imagen de fundamentacion de los derechos humanos



mércores, 4 de maio de 2016

1.4 - Evolucion a los derechos humanos

¿Cómo evolucionaron los Derechos Humanos y cuando adquieren relevancia internacional?

En el siglo XX, tras concluir la Primera Guerra Mundial, proliferaron nuevas declaraciones que, de una manera u otra, proclaman y protegen los Derechos Humanos. Así, podemos citar la contenida en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (Mixico, 1917), la Declaración pública de los derechos del pueblo trabajador y explotado (Rusia, 1918) o la que figura en la Constitución de Weimar (Alemania, 1919).
Pero la vocación de dimensión internacional de los Derechos Humanos, aunque sea con contenidos parciales, se adquiere con la Declaración de los Derechos del Niño, o Declaración de Ginebra, adoptada en 1924 por la Sociedad de Naciones, germen de lo que posteriormente sería la ONU.
Ahora bien, el impulso decisivo de los Derechos Humanos es una consecuencia directa de la Segunda Guerra Mundial, pues la aparición de la Carta Atlántica, surgida de un encuentro entre Churchill y Roosevelt en un barco de guerra, en 1941, da como fruto, en enero de 1942, la Declaración de las Naciones Unidas, por la que veintiseis Estados aúnan sus esfuerzos para luchar contra las potencias nazi-fascistas del Eje, comprometiéndose a crear, tras la conclusión de la guerra, una organización internacional que trabaje por la paz mundial.
Terminado el conflicto bélico se firma la Carta de las Naciones Unidas, el 26 de junio de 1945 (el primer tratado internacional cuyos objetivos se basan expresamente en el respeto universal de los Derechos Humanos), a la que sigue el Acta constitutiva de la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), en 1945.
A los tres años de la creación de la Organización de las Naciones Unidas sus miembros consideraron necesario un reconocimiento universal y específico de estos derechos, de tal forma que en su Asamblea General, celebrada en París el 10 de diciembre de 1948, se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, que hoy es el texto fundamental en esta materia.
La proclamación de esta Declaración se hizo en los términos siguientes: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como estan de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
De esta forma los Derechos Humanos son reconocidos por primera vez sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Su caracter innovador no se limitó a su mera proclamación, sino que incluyó el compromiso de promover el respeto universal a los Derechos Humanos (...) y a la efectividad de tales derechos confiriendo para este fin una serie de atribuciones a la ONU y exigiendo a todos los Estados miembros que publicasen y divulgasen el texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de forma que ésta fuese distribuida, leída y comentada en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios.
Los Derechos Humanos quedaron definidos internacionalmente en los términos y con el alcance siguiente: Un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren por medidas progresivas de carácter nacional e internacional su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto en los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
El artículo 30, que cierra el texto de la Declaración, es el que le da el carácter que determina su alcance mundial, cosa que no ha hecho mas que afirmarse y confirmarse a lo largo de los años: Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar, actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. Desde la Declaración, será uno de los objetivos principales de la ONU desarrollar sus contenidos, dotándose para ello de nuevos instrumentos a lo largo de los años.
Así mismo, para reforzar y complementar la Declaración de Derechos Humanos se aprobaron en 1966, si bien entraron en vigor en 1976, dos Pactos estrechamente relacionados con ella: el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, por un lado, y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por otro.
En el primero, se resaltan varios puntos relacionados directamente con la Declaración de 1948, al señalar que: El Derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente (artículo 6).
El segundo, dentro de la misma línea de protección universal de los Derechos Humanos, se esfuerza para crear soluciones a medida de los países firmantes, teniendo en cuenta los distintos grados de desarrollo existente entre ellos, diferenciándolos entre países desarrollados y otros en vía de desarrollo: Los países en desarrollo, teniendo debidamente en cuenta los Derechos Humanos y su economía nacional, podrán determinar en qué medida garantizarán los derechos económicos reconocidos en el presente pacto a personas que no sean nacionales suyos (artículo 2).
Para asegurar la eficacia de estos dos Pactos se crearon varios mecanismos encargados del control de su cumplimiento y de su aplicación por cada uno de los países firmantes de ellos.

Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaracisn Universal de los Derechos Humanos, en espaqol

1.6 - La conquista de los derechos humanos de las mujeres

LA CONQUISTA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER

Las mujeres colombianas han buscado salir del anonimato y de la sombra de los hombres para tener un lugar de respeto y de reconocimiento en su singularidad y dignidad humana. Esta búsqueda ha estado relacionada con las de mandas exigidas y alcanzadas a nivel internacional, especialmente desde el siglo XVIII con la proclamación de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. A continuación se presentarán algunos momentos y procesos destacados en la conquista de los derechos de las mujeres en nuestro país.

La lucha de las mujeres por el respeto a su dignidad

A finales del siglo XVIII, las mujeres empezaron a defender el acceso al disfrute pleno de los derechos. Las distintas voces que surgieron para demandar la igualdad política, social, cultural y económica de las mujeres, fueron marcando un camino de luchas y conquistas que poco a poco, en diferentes pueblos y naciones han tenido un proceso de aceptación e incorporación a la cultura.
Las mujeres reclamaron ante el Estado: tener ¡guales derechos que los hombres; acceder a la educación para lograr el desarrollo personal y profesional; tener un trabajo bien remunerado; iguales oportunidades laborales y respeto a la condición de ser madre, así como el derecho a elegir, ser elegida y participar en las decisiones de la sociedad.
Un ejemplo pionero iberoamericano, lo constituye sor Juana Inés de la Cruz, que en el siglo XVII, asistía disfraza da de hombre a la Real y Pontificia Universidad de México. Sor Juana escribió en 1691 lo que se valora como el primer manifiesto feminista de la historia, es una carta llama da Respuesta a sor Filotea de la Cruz, en la que reclamaba el derecho de la mujer a ejercer la enseñanza, a tener acceso a la ciencia, al saber y a poder llevar una vida activa igual que el hombre.
 Resultado de imagen de La conquista de los derechos humanos de las mujeres


mércores, 20 de abril de 2016

DERECHOS HUMANOS

DERECHOS HUMANOS

.Fundamentación de los derechos humanos

 La fundamentación iusnaturalista de los derechos humanos comprende una serie de nociones y discursos relacionados con el Derecho natural en los que se sustentó la idea de derechos humanos, permitiendo el surgimiento y consolidación de los mismos

mércores, 13 de abril de 2016

1.1 - ¿Qué son los derechos humanos?

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son aquellas «condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización» (Hernández, 2010) . En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».


Resultado de imagen de derechos humanos manos

mércores, 3 de febreiro de 2016

habilidades sociales -2.

Las habilidades sociales (a veces designada como competencia social) no tiene una definición única y determinada, puesto que existe una confusión conceptual a este respecto, ya que no hay consenso por parte de la comunidad científico-social; sin embargo, esto puede ser definido según sus principales características, y éstas señalan que las habilidades sociales son un conjunto de conductas aprendidas de forma natural (y que por tanto pueden ser enseñadas), que se manifiestan en situaciones interpersonales, socialmente aceptadas (ello implica tener en cuenta normas sociales y normas legales del contexto sociocultural en el que se actúa, así como criterios morales), y orientadas a la obtención de reforzamientos ambientales (refuerzos sociales) o auto-refuerzos.

1 - Habilidades sociales

Resultado de imagen de habilidades socialesResultado de imagen de habilidades socialesResultado de imagen de habilidades socialesResultado de imagen de habilidades sociales